Las bicis estrenan normativa en Madrid

Que cada día veamos más bicis en Madrid es un hecho constatable. No hay más que salir a la calle y comprobar como un número creciente de personas utilizan este medio de transporte para moverse de una forma más limpia por la ciudad. Sin embargo, una de las carencias que hasta ahora teníamos en nuestra ciudad es que la bicicleta quedaba al margen de la regulación municipal. Desde el pasado jueves 8 de julio ya no es así, la bicicleta pasa a ser considerada como un medio de transporte más en la movilidad de nuestra ciudad modificando la ordenanza aprobada en 2005.

Con este cambio, como hemos dicho, el creciente protagonismo de la bici en Madrid hace indispensable que exista una regulación con la que se establezcan derechos y deberes para todos los que nos movemos por la ciudad. Por lo general la modificación de los artículos tiene gran parte de su trasfondo en el plan director de Movilidad Ciclista, que establece para el año 2016 una cifra de uso de la bici que quintuplicaría la actual (0,6%). Te presentamos las medidas más relevantes de este cambio de la legislación en Madrid.

En primer lugar los ciclistas no podrán utilizar las aceras y zonas peatonales, por lo que los ciclistas sólo podrán utilizar la calzada para desplazarse o aquellos tramos específicamente diseñados para ellos. En este caso, si nos encontramos en una acera-bici los peatones podrán cruzarlos por donde quieran transversalmente, mientras que en los carriles bici sería al contrario, teniendo que cruzar los peatones por aquellos pasos habilitados para ellos. Por otra parte, en las áreas de prioridad peatonal en el caso en que con la bici no podamos guardar una distancia mínima de un metro con los peatones deberemos bajarnos y continuar nuestro camino a pie.

En lo que respecta a la circulación por la calzada las bicicletas han de circular por la parte central del carril derecho, y los vehículos motorizados como mínimo deben dejar una distancia de 5 metros frente a la bici. En los casos en que haya un carril reservado para un medio de transporte concreto ha de utilizarse el carril contiguo. Además cuando la señalización así lo indique no podrá superarse el límite de 30 kilómetros por hora, y se prohíbe que un vehículo adelante a una bici dentro del mismo carril.

Centrándonos en el estacionamiento de las bicis se busca que no se perjudique el movimiento de aquellas personas cuya movilidad se ve mermada o que tienen algún tipo de discapacidad. Resulta llamativo que se haga hincapié en que se prohíba estacionar una bici privada en un aparcamiento de bicicletas públicas cuando hace unas semanas nos enterábamos de la suspensión del sistema Mybici hasta que las condiciones económicas fuesen favorables. Asimismo será imprescindible que llevemos en nuestra bicicleta un timbre y dos luces: una delantera blanca y una trasera roja.

Finalmente en lo que respecta al ámbito de las sanciones, la ordenanza prevé ajustar éstas a la nueva Ley de Seguridad Vial, puesto que se establecerá un criterio único en todo el territorio para establecer las multas. Sin embargo hay que recordar que aunque un ciclista tenga carnet de conducir y realiza una infracción no se le pueden restar puntos de su carnet, aunque sí puede estar obligado a pagar la correspondiente sanción.

En principio observando la nueva normativa, como hemos dicho, parece positivo que a la bici se le otorgue un protagonismo como un medio de transporte más en la ciudad. No obstante Madrid aún dista mucho de ser una ciudad cuyas calzadas estén preparadas para acoger una bici, incluso podrían utilizar la acera en ocasiones excepcionales a similitud de Barcelona, donde la ordenanza permite que pueda circularse por aquellas aceras con anchura superior a 5 metros y con 3 metros libres. Asimismo no podemos olvidar que la mayoría de infraestructuras ciclistas que tenemos en Madrid son aceras-bici, de tal forma que si se limita la prioridad de las bicis en estos casos, la bicicleta no cumpliría su cometido. Creemos que podría ser positivo establecer la convivencia entre peatones y ciclistas en muchas zonas de nuestra ciudad de modo que se limiten los problemas lógicos de compartir espacio entre ambos con sentido común.

En lo que respecta a la circulación por la calzada es bueno que se establezca un límite de 5 metros entre un vehículo y la bici al igual que la creación de las zonas 30 con el fin de incrementar la seguridad de los ciclistas. Sin embargo es necesario que se establezca vigilancia por parte de los agentes de movilidad para que dichos límites se respeten. Nos resulta llamativo que del texto se desprenda que sólo pueda utilizarse el carril derecho cuando en realidad debería emplearse aquel carril que el ciclista estimase más conveniente para su desplazamiento al igual que no se permita el uso del carril bus, que en muchas ocasiones permitiría a quien usa la bici sentirse más seguro como puede ser en calles con velocidad elevada.

Pese a que es bueno que se considere a la bici como una protagonista más de la movilidad en Madrid se requiere que si desde ahora las bicis han de ocupar la calzada, los demás vehículos han de ser conscientes de dicho papel y el Ayuntamiento ha de seguir manteniendo los esfuerzos por quintuplicar los movimientos de este medio de transporte y concederle la prioridad que merece.

Sobre el autor
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas. Estudiante de máster en Marketing y Comunicación en la Universidad Europea

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21 thoughts on “Las bicis estrenan normativa en Madrid

  1. Buenas Tardes.
    Necesito norma u Ordenanza Municipal en Madrid , que me sirva para implementar el estacionamiento de Bicis en un edificio de Oficinas.
    Es un edificio de mas de 20.000 m2 y no encuentro una herramienta concreta que me permita adelantar este proyecto.(tengo que convencer a una Comunidad de Propietarios)
    Agradezco la colaboración
    Atentamente
    Jaime

  2. yo entiendo que utilizar el carril derecho es lo recomendable, que no obliga en todo momento.
    Es decir, a todos los vehículos el código de circulación nos recomienda en general circular también siempre por la derecha; y tras realizar cualquier maniobra volver de nuevo a la derecha. Otra cuestión es que no se respete.

  3. Las «aceras bici» están siendo señalizadas con una bicicleta blanca dentro de un cuadrado azul. Ese tipo de señal no implica «obligación», como sí lo sería en el caso de que se utiluzara un círculo. Por lo tanto, la señal de las aceras bici «informa» de que por ahí pueden circular bicicletas, pero no obliga a usarla.

  4. Yo hay cosas que no me explico, especialmente lo de la obligación de utilizar en todo momento el carril derecho, ¿y si hay un autobús parado cargando gente no puedo adelantarlo? ¿y si el carril derecho es solamente para girara la derecha? ¿y si la calle por la que circulo es de una sola dirección porque no puedo ir por la izquierda? ¿y si el carril derecho esta lleno de una hilera de coches en doble fila? Y sobre todo, ¿cómo hago para girar a la izquierda? Hay calles, como Arturo Soria, en las que para girar hacia determinadas calles primero se debe de cambiar de sentido, siendo inevitable meterse en el carril izquierdo.

    Por otra parte, la bici como vehículo ¿no debe respetar el código de circulación antes que las ordenanzas? Pues las señales de obligatoriedad, tanto verticales como las pintadas en el suelo deben ser respetadas por todos, y en mucas ocasiones el carril derecho es exclusivamente para girar a la derecha (los hay hasta con semáforo exclusivo para girar a la derecha…) Es absurdo.

    Una duda que tengo ¿la existencia de acera-bici me obliga a utilizarla?

    Un saludo.

  5. Me pregunto si esperan en Barcelona que la gente sea capaz de disinguir cuantos metros mide una acera a ojo o que vayamos con un metro en el bolsillo para ir comprobando que la acera no se queda corta o que no hay gente muy cerca.

    Creo que bastaría con decir que no se tiene prioridad y cuando no estén abarrotadas (lo cual ya no es norma, es pura física). En general prefiero calles con poco tráfico o directamente que apenas tengan cruces para moverme en bici.

    Fuera de esto, me pregunto si se pueden hacer carriles moto en vias rápidas urbanas como las rondas de Barcelona, porque la forma actual de circular entre dos carriles por ambos lados del carril central es de suicidas.

  6. Desde ecomovilidad.net estamos redactando las alegaciones a la nueva Ordenanza Municipal. Alguno de los puntos comentados ya estaban añadidos, concretamente:

    >La posibilidad de circular por carriles distintos al derecho no sólo en caso de giro a izquierda (que la norma recoge) sino también en otros supuestos.

    >La posibilidad de circulación en aceras anchas (como Bcn) a velocidad reducida y pensando en tipologías concretas de ciclistas: niños, ciclistas «de paseo», ciclistas principiantes… etc.

    Os recomendamos que echéis un ojo al borrador de la ordenanza y nos hagáis llegar vuestras sugerencias vía comentarios, email, Facebook o Twitter.

  7. Si se hiciera la normativa de bicis en las aceras tipo Barcelona (es decir, posibilidad de circular en aceras anchas, sin prioridad y despacio), eliminaríamos de un plumazo la necesidad de las aceras-bici (y sus correspondientes costes).

    Aparte que podría solucionar el problema de los varios tipos de ciclista: el que tiene ya algo de rodaje y va bien por calzada, frente al inexperto (o el niño, etc). De esa manera, se puede dejar abierta la opción de ir despacito sin prioridad, y si quieres ir más rápido, a la calzada.

  8. Estoy de acuerdo en que es positivo que se regule el uso de la bicicleta, aunque si tengo que cumplir la norma, creo que la mía servirá para criar polvo.

    En la zona en donde vivo, salir usando la calzada supone una enorme vuelta en comparación con lo que supone ir por la acera. La principal vía de escape atraviesa un cruce muy complicado, que de por sí es peligroso yendo en coche.

    Para acceder al carril bici más cercano, (anillo verde en el parque de Villarrosa) que va a ninguna parte, lo más sencillo es usar la calle Aconcagua. Esta calle tiene una gran densidad de tráfico y muchas veces lo paso mal viendo las pirulas que le hacen a algunos ciclistas. Es raro el coche que respete la velocidad máxima de 40 km/h.

    Para más inri, junto a esta calle está situado el Parque de Villarrosa, con un excelente camino para hacer footing en donde la bici no estorbaría, de no ser porque está prohibido.

    Y he querido personalizar el tema para dar un ejemplo de lo poco útil que resulta esta normativa. Respetarla será, para muchos, un auténtico quebradero de cabeza si se desea mantener la integridad física en un estado aceptable.

    Lamentablemente, por mi parte, la bici quedará en el garaje a esperas de que los conductores de Madrid respeten las normas de la misma manera que yo quiero y debo respetarlas.

  9. Según esta normativa, las bicis deben ir por el carril derecho de la calzada. Cuando vuelvo a casa de trabajar, los dos carriles derechos de Embajadores a la altura del cruce con Bronce, se meten de lleno en un túnel que va directo a la autovía A-4. ¿Qué se supone que debo hacer como buen ciclista? ¿Meterme en el túnel? ¿Subirme a la acera? ¿Situarme en los carriles de la izquierda para seguir por la superficie? Parece que las tres opciones las tengo prohibidas.

    Me parece muy bien que se regule la circulación en bicicleta, pero que las normas se hagan con la cabeza y desde el sentido común. Una bicicleta, al igual que cualquier vehículo que circule por ciudad, necesitará situarse en el carril que más se adecúe a la dirección que va a tomar. ¿O es que las bicis vamos a tener prohibido, por ejemplo, girar a la izquierda?

  10. A primera vista es un buen acontecimiento una normativa que reconozca a la Bici en sus desplazamientos, y trasporte por Madrid.
    Pero es llamativo que este ayuntamiento tan inexperto, y que demuestra de nuevo su absoluta inoperancia; que dicte unas normas que exigen lo contrario al uso, en casi todas las ciudades españolas, y europeas, donde se utiliza la Bici, y se regula con normas desde hace más tiempo, y con más experiencias.
    Respecto a las aceras Bici pienso que lo mejor es dejárselas todas para los peatones, Es absurdo si tienen todas las preferencias los peatones, que se pueda circular de alguna forma en Bici. Circular como, hasta que tipo de preferencia ?
    Lo siento pero no confió en absoluto que esta norma sirva para educar a los conductores ineducables, que deberían tener el carnet retirado, por todos los excesos que cometen constantemente.
    Ni tampoco que los agentes hagan cumplir estas normas paletas, porque yo veo que no persiguen ni los peores delitos que vemos cometer cada día en las calzadas.
    Un hurra por los conductores que respetan incluso a los ciclistas, y para los agentes que son buenos profesionales.

  11. Níniel, te dejo el link: está un pelín escondido en la web del Ayuntamiento
    http://spedr.com/3lb8i

    Roceño, por ponerte algún ejemplo se trataría de aquellas zonas como las calles residenciales, destinadas a los peatones en primer lugar pero por la que pueden pasar vehículos. Respecto a las áreas de prioridad residencial entiendo que sí se podrá circular por ellas.

    ¡Saludos!

    [a]

  12. Una duda. ¿Qué es un «area de prioridad peatonal»? Si no son las aceras o calles peatonales, estoy algo perdido

    Y otra más ¿Qué ocurre con las areas de prioridad residencial? Cortes, Embajadores, las Letras… ¿Se puede circular en bici por ahí sin ser vecino?

    Gracias

    1. Las «áreas de prioridad peatonal» también se conocen como zonas residenciales, zonas 20 o zonas de prioridad invertida. Se trata de calles que permiten el tráfico rodado, pero el peatón tiene prioridad de circulación y cruce en todo momento; a diferencia de las «zonas 30» las cuales son calles calmadas pero los peatones sólo pueden cruzarlas por los pasos de cebra.

      Estas zonas de prioridad peatonal se identifican mediante la señal S-28 y S-29 (http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:Spain_traffic_signal_s28.svg), están limitadas a 20km/h.

      Respecto al otro aspecto, el de las calles restringidas, las bicis no tienen ningún tipo de limitación para circular por ellas, al igual que las motos (creo).

  13. Buenas,

    He estado buscando la normativa en la web del Ayuntamiento, pero no he encontrado nada. ¿Tenéis por ahí alguna versión en pdf que pueda leer?

    Muchas gracias!